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    Auto Supremo AS/0081/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0081/2009

    Fecha: 10-Sep-2009

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    • CONSIDERANDO I: Que en la sustanciación del referido proceso ordinario, el 3 de marzo de
    • Ante esta decisión, los demandantes promovieron recurso de casación y nulidad conforme consta a fs
    • Agregan, que se restringió su derecho al debido proceso y a la defensa porque no
    • Con estos argumentos concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido
    • CONSIDERANDO II: Que la demanda es el acto procesal a través del cual el actor
    • CONSIDERANDO III: En la especie, una vez que los actores presentaron su demanda en el
    • Posteriormente, cumpliendo la anterior disposición los demandantes presentaron el memorial de fs
    • En este ínterin, el 22 de febrero de 2006, los demandantes presentaron memorial bajo el
    • Ahora bien, corresponde señalar que la decisión del juez de primera instancia para disponer el
    • Por otro lado, es menester señalar que de acuerdo al art
    • En efecto, a través de la providencia de 11 de febrero de 2006, se les
    • En consecuencia, siendo evidente la existencia de errores in judicando, corresponde fallar en el marco
    • POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
    • Al no ser excusables las omisiones de los jueces de instancia, se impone multa de
    • Para sorteo y resolución interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano, Presidente de la Sala Civil
    • Para resolución interviene la señora Ministra Beatriz Sandoval Bascopé, Presidenta de la Sala Social y
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Proveído Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara

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