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    Auto Supremo AS/0632/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0632/2010

    Fecha: 16-Nov-2010

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    • AUTO SUPREMO Nº 632 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por la parte demandante (fs
    • Que contra la resolución de vista, Bernardina Curcuy de Iñiguez, interpone el recurso de casación
    • Concluye con el petitorio de que la Corte Suprema de Justicia case el auto de
    • CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
    • Del mismo modo, es preciso referir que la valoración de la prueba es atribución privativa
    • Que en el marco de los antecedentes anotados se infiere que los jueces de grado
    • Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por los arts
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Sucre, 16 de noviembre de 2010
    • Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.

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