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    Auto Supremo AS/0540/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0540/2010

    Fecha: 10-Dic-2010

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    • PARTES: Vivían Anabella Peñarrieta Cardonac/ Empresa demandada Puerto Madero
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por la parte demandada (fs
    • Que contra la resolución de vista de 19 de junio de 2007, los apoderados de
    • De la misma manera el propietario de la empresa del mismo nombre en la ciudad
    • Expresaron asimismo, que la demandante no sostuvo una relación laboral continua quien renunció a su
    • Asimismo refieren que la presentación de la querella acompañada a fs
    • Concluyó solicitando la casación del auto de vista y se declare improbada la demanda, con
    • CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso ingresando a su análisis en relación a los
    • Además conviene dejar establecido que cuando el empleador se constituye bajo una organización empresarial en
    • En ese orden se concluye que el trabajador puede demandar el cumplimiento de sus beneficios
    • Luego la parte demandada nunca demostró en el proceso que hubo discontinuidad laboral, ni mucho
    • Finalmente la existencia de la presentación de una querella contra la trabajadora por los delitos
    • Por lo relacionado precedentemente, se concluye que no son evidentes las infracciones ni la mala
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula honorario profesional de abogado en Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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