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    Auto Supremo AS/0028/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0028/2010

    Fecha: 12-Mar-2010

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    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma (fojas 1295 a
    • Contra esa resolución recurrió en apelación la demandada, en cuyo mérito la Sala Civil Segunda
    • CONSIDERANDO: Que, Maria Paola Buchón Ormachea, dedujo recurso de casación en el fondo y en
    • La parte demandante, por memorial de fojas 1303 y vuelta, manifestó que la resolución número
    • CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se advierte una confusa interposición del mismo,
    • En el caso de autos, la recurrente interpuso recurso de casación en el fondo cuyos
    • No obstante, haciendo abstracción del incorrecto planteamiento de la presente acción extraordinaria, éste Tribunal Supremo,
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    • De los antecedentes expuesto se advierte que la Juez A quo tramitó la solicitud de
    • De ello resulta que el trámite tendiente a la ejecución de una sentencia de condena,
    • El juez debe cumplir con el deber fundamental previsto por el artículo 3
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
    • No siendo excusable el error en que han incurrido, la Juez A quo, así como
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Proveído.- Amelia J. Mújica Santalla- Secretaria de Cámara de la Sala Civil
    • Libro Tomas de Razón 1/2010

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