SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 054/2010
EXP. N°: 614/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES Estación de Servicio Espiga de Oro c/ Ministro de Gobierno
FECHA: 12 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Karem Alejandra Beltrán Chávez, en representación legal de la Estación de Servicio Espiga de Oro, en la que impugna la Resolución Administrativa RJ/0009/2009 pronunciada el 31 de agosto de 2009 por el Ministro de Gobierno, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Teófilo Tarquino Mújica; y
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso-administrativa de fojas 29 a 33 vuelta, mediante providencia de 17 de diciembre de 2009, se ordenó que el presentante acompañe certificado de registro original actualizado de FUNDEMPRESA y documentación que acredite la fecha de notificación con la resolución impugnada, concediéndole al efecto, diez días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, disposición que fue notificada en el domicilio procesal señalado el 8 de enero de 2010, sin que hasta la fecha se hubiera dado cumplimiento a lo ordenado.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
No interviene la Dra. Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.
Presidente: Julio Ortiz Linares
Ministros: Beatriz Sandoval de Capobianco
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Esteban Miranda Terán
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Jorge Monasterio Franco
Ana María Forest Cors
Ramiro José Guerrero Peñaranda
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 054/2010
EXP. N°: 614/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES Estación de Servicio Espiga de Oro c/ Ministro de Gobierno
FECHA: 12 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Karem Alejandra Beltrán Chávez, en representación legal de la Estación de Servicio Espiga de Oro, en la que impugna la Resolución Administrativa RJ/0009/2009 pronunciada el 31 de agosto de 2009 por el Ministro de Gobierno, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Teófilo Tarquino Mújica; y
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso-administrativa de fojas 29 a 33 vuelta, mediante providencia de 17 de diciembre de 2009, se ordenó que el presentante acompañe certificado de registro original actualizado de FUNDEMPRESA y documentación que acredite la fecha de notificación con la resolución impugnada, concediéndole al efecto, diez días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, disposición que fue notificada en el domicilio procesal señalado el 8 de enero de 2010, sin que hasta la fecha se hubiera dado cumplimiento a lo ordenado.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
No interviene la Dra. Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.
Presidente: Julio Ortiz Linares
Ministros: Beatriz Sandoval de Capobianco
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Esteban Miranda Terán
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Jorge Monasterio Franco
Ana María Forest Cors
Ramiro José Guerrero Peñaranda
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés