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    Auto Supremo AS/0218/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0218/2010

    Fecha: 21-May-2010

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    • PARTES: Ministerio Público c/ Avelino Choque
    • Parricidio y Robo Agravado
    • CONSIDERANDO: Que, a partir del hecho descrito en la Declaración Informativa Policial del hoy recurrente
    • Que, se declaró improcedente el Recurso de Apelación Restringida planteado por el imputado, Avelino Choque
    • CONSIDERANDO: Que, la tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las
    • Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
    • Que, la mencionada Sentencia Constitucional establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos
    • En el mismo sentido, la Sentencia Constitucional 1042/2005 de 5 de septiembre, establece: "que el
    • CONSIDERANDO: Que, la administración de justicia debe estar exenta de dilaciones indebidas, lo cual sucede
    • Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable protege al imputado de aquellos actos injustificados
    • CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se
    • Celebrado el Juicio Oral Público Continuo y Contradictorio (fs
    • CONSIDERANDO: Que en la especie, se establece, la aguda complejidad del caso de autos, dada
    • CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por el
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.

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