Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0226/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0226/2010

    Fecha: 28-Jun-2010

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: Nº 203- 06 - S
    • Distrito: La Paz
    • VISTOS: El recurso de casación de fojas 425 a 437 vuelta, interpuesto por el Banco
    • Contra la resolución de Vista, la parte demandante, recurre de casación en la forma y
    • CONSIDERANDO: Que, el Banco Santa Cruz S
    • Acusó que el Juez A quo no se pronunció sobre todas las pretensiones contenidas en
    • A través del recurso de casación en el fondo, la parte recurrente acusó la violación
    • Finalmente, acusó error de hecho y de derecho, porque a raíz de la inspección judicial
    • Por los motivos expuestos, solicitó se anule obrados hasta la demanda, alternativamente en el fondo
    • CONSIDERANDO: Que, habiendo la parte recurrente interpuesto recurso de casación en la forma y en
    • Que, la competencia, al igual que la jurisdicción, es de orden público y sus reglas
    • Los Tribunales y Jueces deben observar de oficio cuidadosamente la concurrencia de los elementos que
    • En ese marco, en la especie, la actora María Teresa Samos viuda de Del Granado,
    • De lo expuesto se evidencia que, la nulidad del Poder contenido en la Escritura Pública
    • En el caso que nos ocupa, como se tiene expresado, la acción tiene su fundamento
    • En consecuencia, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de la ciudad de La
    • Por las consideraciones expuestas, corresponde a este Tribunal fallar en aplicación a lo previsto por
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
    • No siendo excusable el error en el que incurrieron los Tribunales de instancia, que genera
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 2/2010

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca