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    Auto Supremo AS/0232/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0232/2010

    Fecha: 02-Jul-2010

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Auto Supremo: Nº 232. Sucre: 2 de Julio de 2010
    • Expediente: Nº 51 - 08 - S
    • Distrito: Santa Cruz
    • Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto de fs
    • Que, en grado de apelación deducida por el demandado, la Sala Civil Primera de la
    • Que, contra la mencionada resolución de Vista, el demandado Dionisio Fernández Figueroa, interpuso recurso de
    • CONSIDERANDO: Que, la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el recurso
    • En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria que se revisa,
    • Consiguientemente, en virtud de la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, no
    • En mérito a estas características, la forma de resolución también adopta una forma especifica y
    • CONSIDERANDO: Que, en la especie, el recurrente no cumplió las obligaciones procesales descritas no obstante
    • En este marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria, los fundamentos que
    • En aquellos casos como el presente, en los que se plantea un recurso de casación
    • Consiguientemente, corresponde resolver el recurso dando aplicación a los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
    • Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ibro Tomas de Razón 2/2010

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