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    Auto Supremo AS/0223/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0223/2010

    Fecha: 04-Ago-2010

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    • PARTES: Empresa REPSOL Y
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y
    • En grado de apelación formulada por José Luís Tejero Anze, en representación de la empresa
    • Este fallo, motivó el Recurso de Casación, interpuesto por José Luís Tejero Anze, en representación
    • Concluyó solicitando que este tribunal, emita auto supremo, casando y resolviendo en el fondo, deje
    • 1
    • Estas disposiciones lógicamente son concordantes con las previstas por los arts
    • b) Los arts
    • El art
    • c) A momento de reglamentarse esta ley, en el "Reglamento para la liquidación de Regalías
    • Posteriormente, mediante el art
    • El Titular que efectúe exportaciones de volúmenes de hidrocarburos adquiridos a terceros podrá deducir éstos
    • Asimismo, para fines de Declaración Jurada de Ventas y Liquidación de Regalías y la Participación
    • Sin embargo, esta norma, no modifica el objeto, el hecho generador ni el sujeto pasivo
    • En definitiva, el art
    • Al tratarse de un procedimiento instituido para la liquidación de todos los impuestos, este se
    • 2
    • Adicionalmente a lo señalado, en el curso del proceso, no se ha demostrado que la
    • Consiguientemente, al haberse establecido esa cantidad recién a momento de la exportación, lógicamente se encontraba
    • Por ello se establece que tanto la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos del SIN, el juez
    • 3
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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