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    Auto Supremo AS/0303/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0303/2010

    Fecha: 13-Sep-2010

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: N° 24 - 06- S
    • Distrito: Chuquisaca
    • Ministro relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo promovido por Carlos Andrés Cabezas Dávalos en
    • Deducida la apelación por el representante del demandante mediante memorial de fojas 207 a 209,
    • Contra la resolución de segunda instancia, el demandante mediante su apoderado Carlos Andrés Cabezas Dávalos,
    • Finalmente solicita se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se
    • CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde resolver
    • Bajo el contexto señalado, el artículo 1446 - I del Código Civil, otorga la facultad
    • Consiguientemente, de la ratio legis de la norma glosada se concluye que los requisitos consignados
    • La acción pauliana como medio para la conservación de la garantía patrimonial tiene como primer
    • Por otro lado, los jueces de instancia en base a las pruebas aportadas por las
    • En definitiva, se evidencia que los jueces de grado no dieron otro sentido a las
    • De lo expuesto, se concluye que no son ciertas las violaciones que se acusan en
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
    • Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 2/2010

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