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    Auto Supremo AS/0342/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0342/2010

    Fecha: 27-Sep-2010

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    • PARTES: Ministerio de Salud y Deportes c/ Ronald Andrade Arzabe
    • MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y
    • En apelación deducida por el coactivado (fs
    • Este fallo, motivó el recurso de casación de fs
    • Concluyó solicitando se declare "procedente" del recurso de casación y se deje sin efecto el
    • CONSIDERANDO II: Que así interpuesto el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
    • La referida exención si bien no la fundamenta adecuadamente el recurrente se encuentra prevista por
    • Estas normas se sustentan en el principio de razonabilidad existente entre el acto u omisión
    • Para aplicar la exención, tomando en cuenta las situaciones internas, se debe analizar si el
    • Mientas tanto para aplicar la referida exención, considerando las situaciones de carácter externo, se debe
    • Estas determinaciones razonables, constituyen la facultad que la ley otorga al servidor público para que
    • La S.C. Nº 411/2000-R, señala que
    • También sobre el derecho a la salud y a la seguridad social la SC 26/2003-R
    • "En nuestro ordenamiento jurídico, el derecho a la salud es un derecho fundamental, que debe
    • "El derecho a la seguridad social, como derecho constitucional, adquiere su esencia de fundamental cuando
    • Por ultimo, la S.C. Nº 1527/2003-R, ya señalada precedentemente, estableció que
    • 3
    • En conclusión, este tribunal considera que a momento de presentarse los descargos por el coactivado,
    • 4
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en
    • Sin multa por ser excusable y sin costas en aplicación del art
    • Para resolución, previa convocatoria de fs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Min. Jorge I. Von Borries M
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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