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    Auto Supremo AS/0431/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0431/2010

    Fecha: 15-Sep-2010

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    • PARTES: Ministerio Público y Otra c/ Esteban Tito Quispe
    • CONSIDERANDO: Que Esteban Tito Quispe, por memorial de fojas 651-656, solicitó la extinción de la
    • Alega que un mes de retraso por un memorial que presentó en derecho no es
    • Arguye que la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal, señala que las causas
    • Señala que al amparo de dicha norma solicitó por dos veces la extinción de la
    • Manifiesta que el proceso fue iniciado con la denuncia de 25 y 30 de abril
    • Con tales argumentos, pide se ordene la extinción de la acción penal en su favor
    • Corrido en traslado al Ministerio Público, a fs
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión y análisis del contenido del incidente, los antecedentes y todo
    • El imputado Esteban Tito Quispe, no pudo ser habido para su notificación con el Auto
    • El 7 de mayo de 2001, se dictó el Auto Final de la Instrucción, disponiendo
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    • CONSIDERANDO: Que la extinción de la acción penal por el vencimiento del plazo previsto en
    • Que por mandato de la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal Ley 1970,
    • Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, de 14 de septiembre, complementada por el Auto Constitucional
    • Si bien respecto a la conclusión de los procesos, el Código de Procedimiento Penal, en
    • Asimismo, de obrados se tiene que el imputado luego de haber sido aprehendido para que
    • En el caso de autos, no es posible la extinción de la acción penal, debido
    • Si bien la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal, faculta a los jueces
    • De la misma forma, es preciso señalar que lo que origina la extinción de la
    • Por lo expuesto precedentemente, no corresponde declarar la extinción de la acción penal, por vencimiento
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Dra. Ana María Forest Cors
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón 3/2010

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