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    Auto Supremo AS/0519/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0519/2010

    Fecha: 27-Sep-2010

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    • PARTES: Ministerio Público y Guadalupe Vidal de Escobar c/ Antonio Sandro Zeballos Villarroel y Otros
    • CONSIDERANDO: Que, Antonio Sandro Zeballos Villarroel al amparo de lo previsto por el art
    • Que el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
    • CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
    • Que, si bien es evidente que la tramitación del proceso dentro un plazo razonable es
    • Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
    • Que, el artículo 115 de la actual Constitución Política del Estado, garantiza una justicia sin
    • Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
    • Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados se establece
    • Instalada la audiencia de juicio oral el 31 de agosto de 2004, finalizó con la
    • Que, de los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de la
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, y hágase saber
    • Dra. Ana María Forest Cors
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón 3/2010

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