Auto Supremo AS/0076/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2011

Fecha: 15-Mar-2011

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 76/2011.

EXP. N°: 556/2009

PROCESO: Detención Preventiva con fines de Extradición

PARTES Embajada de la Republica de Argentina c/ Juan Javier Zenteno y otros.

FECHA: 15 de marzo de 2011.

VISTOS EN SALA PLENA: la nota número 2580 remitida el 17 de septiembre del año 2010, por medio de la cual la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Carmiña Llorenti Barrientos, transmitió para conocimiento de esta Corte Suprema el exhorto suplicatorio librado por un Juzgado de Instrucción Formal de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán de la Provincia de Salta de la República Argentina, con referencia a un proceso por robo calificado en el que se encuentran involucrados Dante Marangado, Adrián Ricardo Gerónimo, Juan Javier Zenteno y Patricia Durán.

CONSIDERANDO: que los antecedentes concernientes al caso de referencia corresponden al siguiente detalle:

1.- El 14 de octubre de 2009, el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Pablo Menacho Diederich, remitió un exhorto suplicatorio procedente del Juzgado de Instrucción Formal de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán de la Provincia de Salta de la República Argentina, por medio del cual, para los fines pertinentes, hizo saber que en dicho Juzgado se había iniciado una acción judicial con imputación por comisión del delito de robo en poblado y en banda contra varias personas, todas argentinas, algunas de las cuales, identificadas como Juan Javier Zenteno, Adrián Ricardo Gerónimo, Dante Marangado y Patricia Durán, se encuentran actualmente en distintas localidades del Departamento de Tarija, según quedó verificado.

2.- Al respecto, el 15 de abril de 2010, mediante Auto Supremo número 93, se dispuso que se proceda a la detención preventiva de las mencionadas personas con fines de extradición, y que, para ese efecto, se remita un oficio al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija con instrucción en sentido de que se otorgue la correspondiente comisión al Juez de Instrucción en lo Penal de turno en la ciudad de Tarija.

3.- Luego, mediante nota número 333 de 31 de mayo de 2010, se remitió una copia de dicho Auto Supremo al Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país para información de ese hecho, por conducto regular, a la autoridad judicial argentina que emitió el petitorio de referencia.

4.- En relación al mismo caso, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Carmiña Llorenti Barrientos, por nota de 26 de agosto, transmitió un segundo exhorto suplicatorio remitido por el mismo Juzgado de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, con solicitud en sentido de que ya no se proceda al cumplimiento del anterior exhorto en atención a una decisión judicial que determinó que, habiendo desaparecido las causales que motivaron la orden de captura de las indicadas personas, se dejó sin efecto la misma.

5.- Por nota de 2 de septiembre del referido año, se puso en conocimiento de esa información al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija para los fines respectivos. Poco después se recibió del Ministerio de Relaciones Exteriores la nota que es caso de autos, a la cual se acompañó una segunda copia del mencionado exhorto suplicatorio.

POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, DEJA SIN EFECTO el Auto Supremo Nº 93 de 15 de abril de 2010 y, en consecuencia, dispone que, mediante las correspondientes notas de atención, se remitan copias legalizadas del presente Auto al Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, a la Embajada de la República Argentina y al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija.

No intervienen, la Ministra Rosario Canedo Justiniano, por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, tampoco los Ministros Ángel Irusta Pérez y Hugo Suárez Calbimonte por estar en audiencia de Juicio de Responsabilidades Octubre Negro.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.



Jorge Isaac von Borries Méndez

PRESIDENTE

Beatriz Sandoval de Capobianco

DECANA

Julio Ortiz Linares

MINISTRO

José Luis Baptista Morales

MINISTRO

Teofilo Tarquino Mújica

MINISTRO

Esteban Miranda Terán

MINISTRO

Jorge Monasterio Franco

MINISTRO

Ana Maria Forest Cors

MINISTRA

Ramiro José Guerrero Peñaranda.

MINISTRO

Aideé Martínez Cuba.

ecretaria de Cámara.
Vista, DOCUMENTO COMPLETO