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    Auto Supremo AS/0078/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0078/2011

    Fecha: 04-Mar-2011

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    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que dentro del fenecido trámite de renta única de vejez impetrada por María
    • Emitió luego, la Resolución Nº 0000482 de 14 de enero de 2008 por la que
    • Contra estas dos determinaciones, la asegurada interpuso recurso de reclamación conforme consta en el memorial
    • Esta Resolución motivó el recurso de apelación interpuesto por la asegurada María Luisa Callejas Daza
    • Contra esta determinación, los representantes legales del SENASIR regional Chuquisaca, recurrieron en casación en el
    • Señalan que a la recurrente mediante Auto Nº 0015924 de 24 de diciembre de 2007,
    • Concluyó solicitando se conceda el recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
    • CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolverlo en base
    • En todo caso, en la referida resolución se revocó únicamente la decisión referida a los
    • 2
    • La revisión que revocare la prestación concedida o redujere su monto, no surtirá efecto retroactivo
    • Ahora bien, de la "ratio legis" de la norma en análisis, se infiere que a
    • En la especie, de la revisión de los datos que informan el proceso, se evidencia
    • 3
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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