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    Auto Supremo AS/0097/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0097/2011

    Fecha: 09-Mar-2011

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    • MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, cumpliendo la nulidad determinada por el Auto Supremo
    • En apelación formulado por los representantes de la COMIBOL (fs
    • Esta resolución, motivó el recurso de casación o nulidad de fs
    • CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, el tribunal de casación tiene
    • Por ello, salvo expresa autorización de la ley, la sentencia no puede ser ultra petita,
    • Finalmente la sentencia tampoco puede ser citra petita, es decir, no puede dejar de analizar
    • A esta obligación procesal, se hallan reatados los jueces de primera instancia y en cumplimiento
    • Por lo anotado, de ninguna manera, el tribunal de apelación puede sustraerse de esa responsabilidad,
    • 2
    • Tramitado nuevamente el proceso se advierte que en la demanda se fundamentó, conforme consta a
    • Contra esta pretensión la COMIBOL, mediante sus representantes legales, por memorial cursante a fs
    • En la Sentencia Nº 14/2007 de fs
    • Este aspecto, fue el principal fundamento del recurso de apelación de la empresa demandada (fs
    • 3- Las indicadas falencias en la resolución de la causa, por contener, tanto la sentencia
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Sin multa por ser excusable
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Min. Esteban Miranda Terán
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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