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    Auto Supremo AS/0130/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0130/2011

    Fecha: 30-Mar-2011

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    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
    • En apelación deducida por la representación de la entidad demandada (fs
    • Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo, formulado por el representante de
    • CONSIDERANDO II: Que, antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, corresponde puntualizar que, en
    • En autos, previa revisión minuciosa del expediente, se establece que el tribunal de alzada, anuló
    • Revisando detenidamente los antecedentes que informan el proceso, se advierte que ciertamente Wanda Karen Jaldín
    • Ese apersonamiento fue admitido por la juez de la causa por decreto de 11 de
    • La nulidad objeto de análisis, fue impugnada mediante el recurso de casación en el fondo
    • Sobre este particular el art
    • La segunda parte de la referida norma, establece: "Si el juicio se ha adelantado sin
    • En virtud de lo expuesto, al haberse identificado que en el presente proceso, se admitió
    • Esta infracción legal, debe ser enmendada de oficio por este tribunal, a fin de restablecer
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin responsabilidad, por ser excusable
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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