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    Auto Supremo AS/0145/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0145/2011

    Fecha: 31-Mar-2011

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    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por los representantes de la Empresa CONO SUR S
    • Este fallo motivó el recurso de casación (fs
    • Denunció también la mala aplicación del art
    • Finalmente denunció que se realizó una mala aplicación y valoración del art
    • Concluyó solicitando que este tribunal declare "procedente" el recurso y casando "revoque" el auto de
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
    • Tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe ser relativo y
    • En este contexto, sobre la denuncia de trasgresión de los arts
    • En efecto, de manera acertada el ad quem ha determinado la inexistencia de la relación
    • Respecto a la denuncia de la aplicación incorrecta del art
    • Respecto a la mala aplicación del art
    • Además si revisamos las planillas de pagos de sueldos de fs
    • Asimismo, según las declaraciones testificales de descargo de fs
    • Igualmente consta en antecedentes el Acta de Confesión Judicial Provocada de fs
    • Pruebas todas que desvirtúan lo afirmado por el actor, en sentido que fue trabajador dependiente
    • Por lo relacionado línea arriba y al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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