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    Auto Supremo AS/0190/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0190/2011

    Fecha: 06-Jun-2011

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    • AUTO SUPREMO Nº 190 Social Sucre, 06 de junio de 2011
    • PARTES: Juan Carlos Rocha Soto c/ Empresa Constructora CONOCEG S.A
    • CONSIDERANDO I
    • El representante legal de la empresa demandada respondió en forma negativa a fs
    • La excepción previa fue declarada improbada mediante auto interlocutorio de fs
    • La Empresa Constructora CONOCEG S
    • Que contra la resolución de alzada y dentro del término legal, el representante de la
    • CONSIDERANDO II. Que de la revisión de antecedentes se concluye lo siguiente
    • Además de ello, también se debe precisar la forma de resolución que se pretende para
    • En el caso de autos, lamentablemente en ninguna parte el recurrente ha logrado identificar si
    • Genéricamente se refiere a que la juez a quo habría realizado "un análisis
    • En relación a este párrafo, el mismo no corresponde a la técnica recursiva exigida para
    • A mayor abundamiento, corresponde aclarar que en materia laboral se incurrirá en error de derecho
    • Finalmente queda claro que en materia laboral no se aplica la valoración tasada de la
    • En conclusión, es evidente que el recurso extraordinario de casación interpuesto por el representante legal
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Sucre, 06 de Junio de 2011
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.

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