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    Auto Supremo AS/0279/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0279/2012

    Fecha: 23-Oct-2012

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y
    • Que se aplicó indebidamente la ley y en la apreciación de las pruebas se incurrió
    • Arguye, que quedó demostrado que el menor Renán Albarado Flores, nunca sostuvo una relación laboral
    • Señala un segundo motivo, en cuanto a la concurrencia de acciones, existe un proceso penal,
    • Señala agravios y violación de los artículos 190 y 192 inciso 2) del Código de
    • Sostiene que, todo Auto de Vista debe ser resultado de una valoración de todas las
    • Concluye, que existiendo vicios de nulidad absoluta en la tramitación de la presente causa, pide
    • CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su consiguiente resolución, se
    • Dentro de esta relación jurídica que se formula con la finalidad de resolver las denuncias
    • Por lo indicado, teniendo en cuenta el carácter tutelar del derecho laboral, es menester señalar
    • En materia laboral la valoración judicial de la prueba no se rige por la tarifa
    • Se aclara que las acciones penales, civiles y otras incoadas contra una de las partes
    • Es importante tener presente que las disposiciones sociales son de orden público y se encuentran
    • Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en trasgresión,
    • REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora

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