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    Auto Supremo AS/0331/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0331/2012

    Fecha: 23-Nov-2012

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    • Proceso: Reivindicación, de derecho de propiedad, desocupación de inmueble, más resarcimiento de daños y perjuicios
    • Partes:Eladio Hurtado Urgelc/Juana Paniagua de Vargas y Perfecto Vargas
    • En grado de apelación deducida por los demandados Perfecto Vargas y Juana Paniagua de Vargas,
    • I.- En la forma acusa
    • II.- En el fondo acusa
    • CONSIDERANDO: Que la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el recurso
    • Por otro lado, considerando la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios señalados, es pertinente indicar
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión y del análisis del recurso de casación planteado como está,
    • En cuanto al recurso en la forma
    • Por otra parte, el recurrente al interponer el recurso de casación en la forma o
    • Corresponde señalar que está establecido conforme a la doctrina y la jurisprudencia sentada por este
    • Que la norma contenida en el artículo 1453 del Código Civil al establecer entre las
    • Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas por el recurrente, corresponde resolver el recurso planteado
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ibro Tomas de Razón 331/2012

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