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    Auto Supremo AS/0520/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0520/2012

    Fecha: 14-Dic-2012

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Ministerio de Economía Finanzas Públicas c/ Servicio de Custodia Aérea Ltda. SERCA LTDA
    • Proceso: Ordinario de Incumplimiento de Contrato de Concesión de Recinto Aduanero
    • VISTOS: El recurso de casación cursante a fojas 537 a 541 vlta
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Mediante Auto Nº 565/09 de fecha 24 de julio de 2009 (fs
    • Que, la empresa de Servicios de Custodia Aérea Ltda
    • Que, a fojas 153 vlta
    • El Juez Duodécimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La
    • Que, la parte demandada empresa de Servicios de Custodia Aérea Ltda
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    • A los efectos de resolver, se tiene lo siguiente
    • Precisando los elementos y características propios de éste tipo contractual, el A
    • Alfonso Nava Negrete señala que: "El contrato administrativo, es el contrato que celebra la administración
    • Elizabeth Iñiguez de Salinas define al contrato administrativo como: "el acuerdo de voluntades generador de
    • Al respecto el Art
    • En ese sentido el Art
    • El D
    • De lo señalado, podemos concretar que el Estado, o las personas públicas que la componen,
    • La doctrina propia del Derecho administrativo, orienta también, que la regulación específica del contrato administrativo,
    • Que, para una mejor compresión, señalaremos que; un contrato de concesión; es aquel contrato entre
    • Ahora bien, según Dromi (Derecho Administrativo, 2006, pág
    • La explotación del servicio público la hace el concesionario a su propia costa y riesgo
    • La concesión de servicio público se otorga, directa e inmediatamente, en "interés público"; por eso
    • Así mismo nos habla sobre la naturaleza jurídica de la concesión de servicio público; indicando
    • Bajo esas definiciones es necesario apreciar, por principio de legalidad, la aptitud competencial del juzgador,
    • Establecido lo anterior podemos concluir que el marco legal anterior a la Constitución Política del
    • La jurisprudencia delineada por éste órgano supremo de justicia fue clara y firme al declarar
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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