Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0134/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0134/2012

    Fecha: 26-Jun-2012

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Manipulación Informática
    • Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2011, de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificada la imputada el 27 de diciembre de 2011, conforme la diligencia cursante a
    • Del memorial del recurso (fs. 508 a 511 vta.), se extraen los siguientes motivos
    • Refiere que el Auto de Vista impugnado, indebidamente dispuso la nulidad de Sentencia, argumentando que
    • Señala que, la parte apelante no fue clara en su pretensión, ya que alegó defecto
    • Asimismo, la recurrente indica que hubo falta de fundamentación del Auto de Vista, porque no
    • Que el tribunal de alzada, indebidamente señaló que la defensa no ha presentado suficientes pruebas
    • El art
    • Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de estos Tribunales
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • de inadmisibilidad del recurso
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Sin embargo, se advierte que el recurrente no invoca precedentes contradictorios al fallo recurrido; por
    • En mérito a lo expuesto, al constatarse que el recurso incumple con lo previsto en
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca