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    Auto Supremo AS/0149/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0149/2012

    Fecha: 06-Jun-2012

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Sonia Justiniano Talavera c/ Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos
    • Proceso: Renovación tácita de contrato y reducción del canon de arrendamiento por falta de equidad
    • Distrito: Santa Cruz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Recurso de Casación demandante
    • Acuso errores de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas; error de
    • Por último acusó a la sentencia que le sanciona con el pago del monto total
    • Concluyó solicitando que se Case el Auto de Vista declarándolo ilegal y dejando subsistente la
    • Recurso de Casación demandado
    • Concluyo peticionando que en lo que se refiere a la Demanda Reconvencional de Daños y
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
    • Constituyéndose en un contrato conmutativo, bilateral o sinalagmático, oneroso y consensual
    • Conmutativo, porque cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa
    • Bilateral o Sinalagmático, porque a través del contrato que se formaliza, se le generan obligaciones
    • Oneroso, porque las ventajas que mutuamente se procuran las partes no les son concedidas sino
    • Consensual, porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, no requiriendo de formalidad
    • Sin embargo el contrato de arrendamiento, como derecho real, a inmuebles urbanos o rústicos se
    • La definición que da sobre el arrendamiento el art
    • De manera que, de acuerdo a la anterior definición puede ser objeto de esta clase
    • Por otro lado, la tácita reconducción del contrato como infiere el art
    • Entratándose de arrendamiento de bienes sin determinación de tiempo, cuando la arrendadora, no notifica al
    • Pero si el arrendador dio el aviso de despido en los plazos legales señalados, el
    • Producida la renovación tácita del contrato o la denominada tacita reconducción del contrato, los alcances
    • Que, de la documental que cursa a fs
    • Ahora bien, desde la fecha del aviso mediante carta notarial de la Conclusión del Contrato
    • Teniendo claros los hechos ocurridos en la litis para Y
    • Por otro lado, en relación a la reducción en el canon de alquileres, los tribunales
    • En relación al recurso de casación presentando por Y
    • La entidad recurrente podía, conforme al contrato de arrendamiento resolver unilateralmente el contrato en virtud
    • Por todo lo exhaustivamente analizado en función de las violaciones y acusaciones que contiene el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Y en referencia la recurso de casación en el fondo de fs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani

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