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    Auto Supremo AS/0202/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0202/2012

    Fecha: 20-Jun-2012

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    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, la Juez Segundo de
    • Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada (fs
    • Dicha Resolución motivó que la empresa demandada a través de su representante formule recurso de
    • Así también señala, que los jueces de instancia no valoraron las pruebas testificales de los
    • Señala además, que ni el juez a-quo ni el ad-quem, tomaron en cuenta las tarjetas
    • Sin embargo a ello, cabe recordar que conforme lo dispone el artículo 1 del Decreto
    • En cuanto a la falta de valoración de las pruebas testificales por parte de los
    • Al respecto, cabe señalar que las pruebas deben ser compulsadas de forma conjunta, en razón
    • Situación similar ocurre con lo dispuesto por el artículo 166 del Código Procesal del Trabajo
    • Ahora bien, con respecto a que el hecho admitido en confesión no requiere más pruebas,
    • Asimismo, nuestra legislación laboral dispone que el juez no se encuentra sujeto a la tarifa
    • Por otra parte, en relación a la vulneración del artículo 200 del Código Procesal Laboral,
    • Además de ello, el recurrente al señalar que ante el abandono de trabajo que hizo
    • De tal forma y por todo lo señalado, siendo que las normas laborales son de
    • En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión del
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
    • Se regula honorario del abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
    • Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.

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