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    Auto Supremo AS/0181/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0181/2012

    Fecha: 30-Jul-2012

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    • Que, a los fines de resolver los Recursos de Casación que fueron interpuestos en Autos,
    • Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
    • No existió la oportunidad de defenderse y ofrecer prueba, porque no tuvo conocimiento oportuno del
    • No fue notificada con el Auto de Apertura de Juicio, siendo víctima de actividad procesal
    • Señala que en el juicio planteó excepciones de falta de acción e incompetencia conforme la
    • Señala que se hubiera planteado una excepción de incompetencia por haber sido juzgada por un
    • Se omitió la prueba de descargo y valoración defectuosa de la prueba contraria en la
    • En una Sentencia no se puede remplazar la fundamentación de la misma por un simple
    • El Auto de Vista impugnado habría confirmado con error la Sentencia Apelada, misma que no
    • No se consideró como atenuante, su escasa formación escolar, que es persona joven y madre
    • Señala, el Auto Supremo N° 232 de 14 de abril de 2004, solicitando se la
    • Por esos motivos solicita se declare la admisibilidad del recurso y se deje sin efecto
    • Recurso de Casación interpuesto por Eduardo Marcelo Torrico Claros
    • Que, se hubiera planteado una excepción de incompetencia por haber sido Juzgado por un Juez
    • Se omitió la prueba de descargo y valoración defectuosa de ésta, en la realización del
    • Señala, que en una Sentencia no se puede remplazar la fundamentación por un simple listado
    • No se consideró como atenuante, su escasa formación escolar, que es una persona joven, estudiante
    • Invoca el Auto Supremo N° 232/04 de 14 de abril de 2004, y solicita se
    • De los Recursos de Apelación Restringida planteados por los recurrentes se advierte, que estos invocaron
    • Auto Supremo N° 99 de 24 de marzo de 2005, del cual en su parte
    • De la solicitud: Ambos recursos de manera similar solicitan, se declare su admisibilidad y se
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • Ahora bien el Tribunal Constitucional en su Sentencia Nº 1401/03 R de 26 de septiembre
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • Invocación del precedente contradictorio: Continuando con el análisis de los datos procesales que informan esta
    • De lo que resulta, que la simple cita textual de precedentes invocados por más numerosos
    • POR TANTO
    • Libro Tomas de Razón 1/2012

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