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    Auto Supremo AS/0237/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0237/2012

    Fecha: 28-Sep-2012

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    • Proceso: Nulidad de documentos
    • Partes:Máximo Méndez Berrios c/ Juan Mendez Calvimonte y otro
    • CONSIDERANDO: Que, tramitada la causa de referencia, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil
    • Apelada la sentencia por el demandante Máximo Méndez Berrios, la Sala Civil Segunda de la
    • Contra la resolución de segunda instancia, Máximo Méndez Berrios, por memorial de fojas 947 a
    • Finaliza su recurso, solicitando a la Corte Suprema de Justicia, case el auto de vista
    • En principio debe dejarse claramente establecido que los jueces de instancia deben limitarse a aplicar
    • Tramitado el proceso, el juez de primera instancia mediante sentencia cursante de fojas 848 a
    • Declarada judicialmente la nulidad del contrato de cesión de bienes (donación) de 15 de diciembre
    • Por otra parte, se sabe también por los antecedentes contenidos en el documento transaccional, así
    • Con relación al contrato privado de 25 de junio de 2002 y la cláusula adicional
    • En consecuencia, el tribunal de alzada, no ha cometido ninguna violación por interpretación errónea o
    • Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso aplicando los artículos 271- 2) y 273 del
    • POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ibro Tomas de Razón 237/2012

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