Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0239/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0239/2013-RA

    Fecha: 04-Oct-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 29 de julio de 2013
    • El representante del Ministerio Público, centra sus argumentos esencialmente en dos tópicos, primero en que
    • 2)Asimismo denuncia, que a momento de adherirse a la apelación de la parte querellante, se
    • Señala también, que la posición de referencia fue asumida por el Tribunal Supremo, habiendo admitido
    • II.2.Adhesión de Apolinar Hipólito Flores Copa y Petrona Flores Garnica de Flores
    • Por su parte, los querellantes Apolinar Hipólito Flores Copa y Petrona Flores Garnica de Flores,
    • El art
    • Dicho esto, también conviene recordar que el art
    • iii) Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene en primer término
    • Así de la revisión del recurso del Ministerio Público se tiene lo siguiente
    • Sobre el segundo reclamo, relativo a que se resolvió la apelación de la parte querellante
    • Sin embargo de lo anterior, habiendo el recurrente denunciado la concurrencia de defecto absoluto, además
    • Se aclara que con referencia a las SSCC 752/2002-R y 1365/2005-R, invocadas como precedentes contradictorios
    • Habiéndose establecido la admisión del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público para el
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca