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    Auto Supremo AS/0554/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0554/2013

    Fecha: 23-Oct-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
    • Que, ante esta Sentencia, Mauricio F
    • Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Juan Rosas Camacho y Giovana
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
    • Una Sentencia puede adolecer de ciertos defectos de forma, pero si el fondo está bien
    • El Tribual de Primera Instancia hizo una correcta y detallada fundamentación, no solo descriptiva, sino
    • II
    • El Tribunal de Sentencia en su Resolución dictada hizo no solo la diferenciación entre la
    • III
    • Se utilizó el calificativo de relevante para referirse a la Prueba Secundaria y al referirse
    • IV
    • No es justo que se pretenda llevar a delante un juicio con prueba no presente
    • V
    • El su otrosí, pidió se cumpla con el art
    • De la solicitud
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • • De la forma
    • • En el Recurso de Casación, se deberá
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
    • B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
    • Por tanto se tiene lo siguiente
    • De lo que se establece, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas
    • El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
    • Si el recurrente pretendió plantear se recurso por la supuesta existencia de defectos absolutos en
    • Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
    • POR TANTO
    • Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura

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