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    Auto Supremo AS/0287/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0287/2013-RRC

    Fecha: 04-Nov-2013

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    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Notificada con la referida Sentencia, la imputada interpuso el recurso de apelación restringida (fs
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 235/2013-RA de 23 de septiembre, se extraen
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Notificadas las partes con tal determinación, la imputada Guanda Miriam López Corrales, interpuso el recurso
    • Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 19 de agosto de 2013, mediante
    • La recurrente, invocó los Autos Supremos 166 de 12 mayo de 2005 y 431 de
    • Que la falta de precisión, en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
    • En consecuencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La
    • Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006: “que la calificación del hecho a
    • IV.1. Deber de fundamentación
    • Este Tribunal, de manera reiterada se ha referido al deber de fundamentación de toda Resolución,
    • IV.2. Fundamentación analítica o intelectiva y la facultad de control por el Tribunal de apelación
    • Por otra parte corresponde recordar que esta Sala Penal Segunda, resolviendo una problemática sometida a
    • Luego de la fundamentación referida, dicho Auto Supremo emitió la siguiente doctrina legal: “Concluido el
    • Ahora bien, en cuanto a la facultad de control respecto a la valoración de la
    • Esta labor que corresponde al Tribunal de alzada, debe ser desarrollada en el marco de
    • IV.3. Análisis del caso concreto
    • Establecida la forma de resolución del presente recurso, debe dejarse constancia, que este Tribunal, consideró
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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