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    Auto Supremo AS/0294/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0294/2013-RA

    Fecha: 19-Nov-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 28 de octubre de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 23 de octubre de 2013
    • El recurrente inicialmente refiere que el Auto de Vista impugnado vulnera al debido proceso y
    • Añade los Autos Supremos 50 de 27 de enero de 2007, pues como se tiene
    • En el acápite destinado a la fundamentación de agravios, el recurrente identifica, los siguientes motivos
    • También el Tribunal de apelación efectúa una especulación subjetiva, entendiendo que el Tribunal de juicio,
    • Así, el recurrente manifiesta, que la Sentencia no refirió en ninguna parte de su fundamentación
    • tendría aplicación ajena como los incidentes de cosa juzgada o cuando la persona en un
    • 6)Indica que “POR ERROR DE DERECHO O ERROR DE HECHO EN LA APRECIACION DE LAS
    • b
    • c
    • d
    • imputado tiempo y medios adecuados para preparar su defensa, vulnerándose el art
    • 8)Titulando, “ERROR DE DERECHO O ERROR DE HECHO EN LA APRECIACION DE LAS PRUEBAS QUE
    • Agregando que, se omite fundamentar la sentencia, -transcribiendo parte de la sentencia donde el Tribunal
    • 10)En el apartado “ERROR DE DERECHO O ERROR DE HECHO EN LA APRECIACION DE LAS
    • 11)El recurrente denuncia “ERROR DE DERECHO Y ERROR DE HECHO EN LA APRECIACION DE LA
    • 12)Refiere la existencia de “ERROR DE DERECHO O ERROR DE HECHO EN LA APRECIACION DE
    • b) El principio iura novit curia no es aplicable, ya que no se trata de
    • d) Además, señala que el art
    • e) Finalmente, el recurrente refiere que delito procesado, no fue ejercitado con potestad que emane
    • Por lo expuesto recurrió de casación por vulneración de derechos, solicitando se deje sin efecto
    • El art
    • existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Razón por la que, ante la necesidad de precautelar las normas procesales, que son de
    • Sobre el tercer motivo de su recurso establecido en el inc
    • Al respecto, si bien este Tribunal ha establecido, la posibilidad de apertura excepcional de su
    • De lo anterior, surge la necesidad de evitar se cometan actos procesales defectuosos y se
    • En relación al quinto motivo de su recurso establecido en el inc
    • dañoso del defecto denunciado, así como las consecuencias procesales cuya relevancia tenga connotaciones de orden
    • Por otro lado, el Auto Supremo 474 de 8 de diciembre de 2005, invocado corresponde
    • En lo que corresponde al séptimo motivo de su recurso establecido en el inc
    • Ahora bien, este Tribunal estableció, la posibilidad de la apertura excepcional de su competencia, a
    • Acerca del noveno motivo de su recurso establecido en el inc
    • El recurrente no invocó ningún precedente contradictorio, por lo que tampoco explicó, ni fundamentó en
    • contradicción en los términos exigidos por el citado art
    • Ahora bien, este Tribunal ha establecido, la posibilidad de abrir excepcionalmente su competencia, que es
    • Por otra parte, el recurrente en el inc
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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