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    Auto Supremo AS/0560/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0560/2013

    Fecha: 01-Nov-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante a fojas 228 a 231vuelta,
    • En cuanto a la casación en la forma
    • Acusa al Tribunal ad quem de haber violado el principio de convalidación, que rige las
    • Acusa al Tribunal ad quem de haber violado el principio de congruencia , ya que
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo
    • Fundamentos del Fallo, Así planteado el recurso, por razón de método corresponde examinar en primer
    • Respecto de la violación al Principio de Especificidad
    • La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de
    • Por ello, las nulidades procesales, como especie de sanciones procesales, tienen una aplicación restrictiva y
    • En mérito al principio de legalidad o especificidad, la nulidad se sanciona sólo en los
    • En virtud al principio de trascendencia no existe nulidad sin perjuicio (pas de nullité
    • El principio de convalidación
    • En atención al principio de protección no se puede alegar la propia torpeza como fundamento
    • Las formas procesales no tienen finalidad en sí mismas, pues su objetivo final está orientado
    • En el caso en examen, el Tribunal ad quem ha fincado su decisión anulatoria de
    • Respecto de la violación al Principio de convalidación
    • Respecto de la violación al principio de congruencia
    • La estricta correspondencia entre los agravios invocados en la apelación y el pronunciamiento del Tribunal
    • En el caso examen, evidentemente, el demandante, en su apelación, no invocó causal de nulidad
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • No siendo excusable el error en que ha incurrido el tribunal Ad-quem, se les impone
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17 - IV de la Ley del Órgano Judicial,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 560/2013

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