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    Auto Supremo AS/0586/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0586/2013

    Fecha: 29-Nov-2013

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    • CONSIDERANDO: que, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
    • Deducida la apelación por los demandados, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
    • CONSIDERANDO: que, los demandados José Marcelo y Elvira Zegarra Maquera, en su recurso de casación
    • CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
    • En el contexto establecido precedentemente, los recursos de “casación en el fondo” y “casación en
    • Así, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
    • Consiguientemente, bajo estos parámetros, la forma de resolución también adopta una forma específica y diferenciada,
    • Asimismo, en virtud de la naturaleza jurídica de las acciones extraordinarias señaladas, en el recurso
    • Técnicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en el que no se
    • En la especie, los recurrentes omitieron distinguir la casación en el fondo y la casación
    • El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bolivianos 500, que mandará hacer efectivo
    • Se salvan los derechos de los demandados, para ejecución de fallos ó para la vía
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 586/2013

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