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    Auto Supremo AS/0690/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0690/2013

    Fecha: 13-Nov-2013

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    • En grado de apelación interpuesto por el demandado (fs
    • Contra dicho fallo, de fs
    • Asimismo, manifestaron que todos los trabajadores de HILBO tenían una relación laboral con el demandado
    • Además, indicaron que siempre hubo relación de dependencia y subordinación del trabajador al empleador, la
    • Concluyeron solicitando que se case el Auto de Vista Nº 157/2013 y que en lo
    • CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
    • Ahora bien, inicialmente es importante señalar, que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva
    • En concordancia con lo señalado, se debe tener presente que si bien la carga de
    • Bajo ese contexto, en el caso presente se visualiza que el Tribunal ad quem
    • Ahora bien, tales apreciaciones resultan correctas, porque en el caso no se evidencia ninguna prestación
    • A lo anotado, se debe agregar que no existe ninguna directriz dirigida por el demandado
    • También, es necesario precisar que en antecedentes no existe ningún elemento probatorio que con suficiencia
    • Además, cabe enfatizar que los actores indebidamente señalaron que el Tribunal ad quem forzadamente estableció
    • De otro lado, de antecedentes se visualiza que los actores pretenden forzar la existencia de
    • Todos estos aspectos fueron adecuadamente valorados en el Auto de Vista de fs
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    • Secretaria de Sala Social y Administrativa

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