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    Auto Supremo AS/0641/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0641/2013

    Fecha: 04-Dic-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • II. CONSIDERANDO
    • Contra el referido Auto de Vista y su complementario, por memorial cursante de fojas 1722
    • 3
    • Denuncia que el Tribunal ad quem no habría cumplido con su obligación de saneamiento en
    • Denuncia que el Juez a quo y el Tribunal ad quem habrían violado los artículos
    • Denuncia que se ha omitido apreciar la confesión provocada, omitiendo aplicar lo establecido en el
    • Denuncia que el Juez a quo y el Tribunal ad quem habrían violado el artículo
    • En su recurso de casación en el fondo, efectúa las siguientes denuncias
    • Denuncia la errónea interpretación e indebida aplicación de los artículos 46, 82 y 83 del
    • Denuncia errónea interpretación e indebida aplicación de las normas relativas a la inscripción del matrimonio
    • Finalmente pide que se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo se
    • 1
    • La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de
    • El proceso civil boliviano finca, entre otros, en el principio dispositivo, el cual
    • La estricta correspondencia entre los agravios invocados en la apelación y el pronunciamiento del Tribunal
    • En el caso en examen, de principio corresponde precisar que si existe pronunciamiento con relación
    • Efectivamente el recurrente en su apelación cuestionó que el Juez a quo no supo
    • 2
    • 4
    • 5
    • En mérito a las consideraciones precedentes relativos a la violación del principio de congruencia, corresponde
    • Habiéndose estimado el recurso de casación en la forma, no corresponde estimar el recurso de
    • IV. POR TANTO
    • Primer Magistrado Relator Dr
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 641/2013

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