Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0642/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0642/2013

    Fecha: 11-Dic-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • 3) Improbada las excepciones de falta de legitimación activa (falta de acción y derecho) de
    • 4) Ordenó se levante la medida precautoria dispuesta sobre el inmueble de la calle Punta
    • Deducida la Apelación por el demandado Julio Víctor Plaza Daza, ésta fue remitida ante el
    • Por Auto de Vista Nº 153/2008 de 5 de mayo 2008, confirmó la Sentencia de
    • Mediante Auto de Vista Nº 274/2011 de 22 de agosto 2011 el Tribunal Ad Quem
    • Conocida la Resolución del Ad quem por los demandantes, éstos interpusieron recurso de casación en
    • Retornado el expediente al juzgado de origen, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil
    • Deducida Apelación por los demandantes hermanos Plaza Daza, ésta fue remitida ante el Tribunal Ad
    • Conocida la determinación del Tribunal de Alzada, Floriana y Teófila ambas Plaza Daza interpusieron recurso
    • Haciendo alusión a lo previsto en el art
    • 2
    • 3
    • 4
    • Finalmente, hacen alusión que el Auto de Vista es nulo porque conforme demuestran éste fue
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Con relación a que en la Sentencia no fueron valoradas las pruebas ofrecidas por los
    • De lo anterior concluimos que para demostrar la existencia de lesión en un contrato, el
    • En el sublite, si bien presenta en reiteradas literales conforme señala en el recurso de
    • Respecto a que se dictó Sentencia ultra petita porque el co procesado Rolando Plaza Urquizu
    • Con relación a que los Vocales a tiempo de confirmar la Sentencia se basaron en
    • Respecto a que los vocales equivocaron la numeración de los folios de las literales en
    • Por lo anteriormente señalado, al no evidenciar causal de nulidad ni casación, corresponde resolver conforme
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
    • Registrado en el Libro de Tomas de Razón: séptimo

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca