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    Auto Supremo AS/0649/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0649/2013

    Fecha: 04-Dic-2013

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    • CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil de la ciudad de El
    • Deducida la apelación por los demandados, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
    • Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación interpuesto por el demandante Primitivo Álvarez
    • CONSIDERANDO: que, conforme facultaba el artículo 252 del
    • Que, el artículo 220 parágrafo I numeral 1)
    • En concordancia con dicho dispositivo, el artículo 515 numeral 2) del mismo Código Adjetivo Civil
    • En el sub lite, se evidencia que emitida la Sentencia Nº 286 de 27 de
    • Ahora bien, computando el tiempo transcurrido desde la notificación con la sentencia hasta la presentación
    • Por lo expuesto, se concluye que, se ha omitido el cumplimiento de normas procesales de
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Siendo inexcusable el error en que han incurrido los Vocales signatarios de los Autos de
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 649/2013

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