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    Auto Supremo AS/0007/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0007/2013

    Fecha: 21-Feb-2013

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    • Apelada la Sentencia de fecha 29 de agosto de 2007 por Dante Narváez Ancasi a
    • Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la forma
    • Por otra parte, denuncia el incumplimiento de los artículos 15 de la Ley de Organización
    • Asimismo alega, que se ha incurrido en la errónea interpretación y aplicación del artículo 568
    • CONSIDERANDO: que, así planteado el recurso de casación en el fondo y en la forma,
    • En cuanto a la supuesta falta de notificación de varios actuados, o que al mismo
    • Sin embargo, si el acto pese al vicio o irregularidad, no ha ocasionado una real
    • En la especie se acusa la falta de notificación con varios actuados, de ser evidente
    • Con relación al supuesto incumplimiento de los artículos 15 de la Ley de Organización
    • Con relación a la supuesta errónea interpretación y aplicación del artículo 568 del Código Civil,
    • Finalmente en relación a la supuesta infracción del artículo 3 inc
    • En conclusión no siendo evidentes las infracciones y vulneraciones legales acusadas en el recurso, no
    • POR TANTO: la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 7/2013

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