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    Auto Supremo AS/0008/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0008/2013-RA

    Fecha: 06-Feb-2013

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    • El recurso de casación interpuesto por Juan Orellana Flores y Lourdes Ricaldez de Guzmán, cursante
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la citada Sentencia, el acusador particular (fs
    • c) En cumplimiento a la determinación asumida por el Tribunal Supremo, por Auto de Vista
    • d) Notificados los recurrentes con el citado Auto de Vista, éstos interpusieron el recurso de
    • Después de una relación de antecedentes del proceso y establecer las causas de procedencia del
    • Contradictoria fundamentación de la Sentencia, especificando la conclusión al que arribó el Tribunal de Sentencia
    • Que la sentencia se basó en hechos inexistentes y no acreditados
    • La imposibilidad de configurar los ilícitos penales en base a indicios o simples presunciones; citando
    • Que la carga de la prueba corresponde a la acusación, aclarando que se vulneró el
    • los hechos, por lo que tuvieron que renunciar a este medio de prueba, pero el
    • Por último, la inobservancia de las reglas de la pericia conforme manda el art
    • Intitulando "inobservación y contradictorio del Auto de Vista para el recurso de casación"; señalan que,
    • Manifiestan sobre este motivo, que la aplicación que pretendieron en el presente acápite, es que
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Sin embargo, los recurrentes ignorando este antecedente, a través del presente recurso sujeto a análisis
    • Analizados cada uno de los motivos planteados en el recurso se tiene
    • A esta altura del análisis corresponde aclarar que si bien este motivo fue planteado en
    • Las omisiones y defectos que se advirtieron, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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