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    Auto Supremo AS/0084/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0084/2013-RRC

    Fecha: 28-Mar-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de febrero de 2013, cursante de fs
    • En mérito a la acusación pública de fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jhonny Franco Miranda Villalba y la acusadora particular, hoy
    • Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
    • Denuncia la recurrente que el Auto de Vista impugnado vulneró los preceptos contenidos en los
    • Por lo expuesto, la recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
    • Mediante Auto Supremo 056/2013-RA de 7 de marzo, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Respecto al segundo motivo, señaló que la sentencia no tenía fundamentación alguna pues en sus
    • El Tribunal de alzada pasó a resolver el recurso mediante Auto de Vista 3/2013 de
    • En ese sentido, se tiene del análisis del primer Auto Supremo 18 de 12 de
    • El Auto Supremo 634 de 20 de octubre de 2004, asumió que la problemática planteada
    • En la Constitución Política del Estado, el derecho a la impugnación se encuentra reconocido en
    • Derecho que de acuerdo con la doctrina tiene como fundamento en la capacidad de la
    • Lo señalado es concordante con lo previsto en el art
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
    • su recurso de apelación restringida, esto si a consideración del Tribunal de alzada no hubo
    • Ahora bien, para el análisis del presente recurso, resulta necesario partir de los motivos del
    • de falta de fundamentación y motivación jurídica doctrinaria previstos en el art
    • En ese contexto, queda en evidencia que el Tribunal de alzada al haber constatado que
    • De lo anterior, se establece que en el presente caso, la Sala Penal Segunda del
    • Entendimiento concordante con la doctrina legal aplicable asumida por este Tribunal cuando en el Auto
    • Finalmente, el Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre, estableció que "
    • Del análisis efectuado, este Tribunal concluye que no existe contradicción entre el Auto de Vista
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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