Auto Supremo AS/0051/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2013

Fecha: 02-Abr-2013

SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 051/2013.
EXP. N°: 477/2011.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por Jenny Jacqueline Arias La Torre c/ Servicio Departamental de Salud de La Paz.
FECHA: Sucre, dos de abril de dos mil trece.

VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo presentado por Jenny Jacqueline Arias La Torre contra el Servicio Departamental de Salud de La Paz, impugnando la Resolución Administrativa DIR-SEDES 029/2011; los antecedentes del proceso, el informe de la Magistrada Norka N. Mercado Guzmán; y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo informado por el señor Secretario de Cámara de la Sala Plena, la actora no ha ejercido desde hace más de seis meses ningún acto procesal para instar la prosecución del proceso, a pesar de que su demanda fue admitida con providencia de 12 de octubre de 2011.
Que el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil, estatuye que el juez, de oficio o a petición de parte, declarará la perención de la instancia cuando el demandante abandonare su acción durante seis meses, norma legal que establece una forma de conclusión extraordinaria del proceso, que tiene fundamento en la presunta intención de las partes de abandonarlo cuando omiten todo acto de impulso, siendo de interés público evitar la duración indefinida de los procesos.
En autos se tiene que la demandante, quien tenía el deber de instar y gestionar la citación de la autoridad demandada, ha incurrido en inactividad o abandono del proceso por un tiempo mayor al previsto por la ley, haciendo procedente, en consecuencia, la aplicación de la sanción establecida en el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
PRESIDENTE
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO

Darwin Vargas Vargas
Secretario de Sala Plena
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