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    Auto Supremo AS/0215/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0215/2013

    Fecha: 26-Abr-2013

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    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
    • En el fondo
    • 2
    • CONSIDERANDO II: De la revisión del recurso de casación, planteado en la forma y en
    • Al respecto, corresponde señalar que según la doctrina el proceso es concebido como la secuencia
    • Ahora bien, efectivamente el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los
    • En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la nulidad de obrados
    • En ese sentido, se tiene que la parte recurrente en casación trae como uno de
    • En cuanto se refiere al recurso de casación en el fondo, los recurrentes señalan que,
    • Sobre el particular, cabe señalar que los artículos 152, 155, 156 y 157 del Código
    • Respecto a la aplicación indebida e incompleta de la Ley, citando así el artículo 1007
    • De los datos del proceso y el análisis del mismo, no se ha demostrado que
    • A contrario sensu, la situación de los recurrentes con relación al inmueble legado es distinta,
    • En este sentido, considerándose que en los procesos laborales la carga de la prueba es
    • Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
    • No se regula honorario profesional de abogado por no haber respondido al recurso planteado por
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    • Dr. Antonio G. Campero Segovia
    • Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
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