Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0126/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0126/2013-RRC

    Fecha: 10-May-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de marzo de 2013 de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
    • Del memorial del recurso de casación interpuesto por Mario Alberto Durán Martínez y del Auto
    • El recurrente solicita que este Tribunal Supremo de Justicia, admita el recurso y en el
    • Mediante Resolución 096/2013 de 9 de abril, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto por
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • Después de cumplir con la labor de descripción y valoración de la prueba, el Tribunal
    • En la parte resolutiva de la Sentencia, se declara a ambos imputados como AUTORES de
    • El imputado Mario Alberto Durán Martínez, en su memorial de apelación restringida, en el acápite
    • El Tribunal de alzada al pronunciar el recurrido Auto de Vista de 17 de enero
    • En la parte resolutiva, el Tribunal de alzada declara IMPROCEDENTES los recursos de apelación restringida,
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión, se pasa a resolver el
    • doctrina legal aplicable: "Se considera defecto absoluto la errónea aplicación de la ley penal sustantiva
    • III.2. Respecto a la fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre ha establecido que: "La Constitución Política del Estado (CPE)
    • III.3. Análisis del recurso planteado
    • Según disponen los arts
    • conforme previene el art
    • En el caso de autos, de la revisión del Auto de Vista emitido por la
    • Por lo expuesto, se concluye que al no existir contradicción entre el Auto de Vista
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca