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    Auto Supremo AS/0144/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0144/2013-RRC

    Fecha: 28-May-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 27 de marzo de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 118/2013-RA de 7 de mayo,
    • Señala además, que la conducta incriminada no puede ajustarse a los elementos constitutivos del tipo
    • Así también, el Tribunal de Sentencia señala que, el apoyarse en un estado de necesidad,
    • Menciona que reclamó reiteradamente ante el Tribunal que no correspondía subsumir su conducta en el
    • manifiesta que, el Auto de Vista impugnado no refiere qué medio probatorio fue utilizado para
    • Señala también la recurrente, que la prueba no consiste en averiguar sino en verificar, y
    • La recurrente, pide se declare procedente el recurso y se revoque el Auto de Vista
    • Mediante el Auto Supremo 118/2013-RA de 7 de mayo, se admitió el recurso para el
    • En juicio oral el Ministerio Público (fs
    • El acusador particular fundamenta su acusación, señalando que: "
    • previsto y sancionado por el art
    • La Sentencia agrega: "La acusada Sonia Francisca Medina Téllez de García, con su accionar y
    • Cabe dejar también sentado, que muy aparte de concurrir la actitud dolosa de la acusada,
    • En relación a la inadecuada valoración de la prueba, el Tribunal de alzada responde (fs
    • Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso y antes
    • En este motivo del recurso, la recurrente denuncia esencialmente que el Tribunal de sentencia, realizó
    • el A quo y el de alzada, no compulsaron debidamente la concurrencia de los elementos
    • Advirtiendo el error en el que incurrieron los de instancia, el Tribunal dejó sin efecto
    • Considerando que ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en la
    • Ahora bien considerando, que de conformidad a lo establecido por el art
    • La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no refiere qué medio probatorio fue
    • que era fruto de una valoración defectuosa de la prueba
    • Por otra parte, revisado el Auto de Vista recurrido, respecto a la denuncia realizada en
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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