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    Auto Supremo AS/0148/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0148/2013-RA

    Fecha: 31-May-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 22 de abril de 2013, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Notificados los recurrentes con el Auto de Vista impugnado, el 16 de abril de 2013
    • Del memorial de fs. 1032 a 1041 vta., se extrae
    • Concluye señalando que, el Tribunal de alzada infringió la norma sustantiva, como sus derechos y
    • Del memorial que cursa de fs. 1042 a 1046, se tiene
    • Denuncia, que el Tribunal de apelación incurrió en la revalorización ilegal de la prueba y
    • Agrega en el apartado II
    • Por otra parte, reclama la "Falta de fundamentación del auto de vista y errónea aplicación
    • Finaliza solicitando la aplicación del Auto Supremo 437 de 15 de octubre de 2005, referido
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Respecto al requisito de fondo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada infringió la
    • En el presente caso, se evidencia que el recurrente fue notificado con la Resolución recurrida
    • resulta contradictorio al Auto Supremo 384 de 26 de diciembre de 2005, que establecería que
    • Con relación al segundo motivo, desarrollado en el acápite II
    • Respecto al tercer motivo, descrito en el acápite II
    • Finalmente, en atención al cuarto motivo, descrito en el acápite II
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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