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    Auto Supremo AS/0245/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0245/2013

    Fecha: 31-May-2013

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    • Proceso: Nulidad e ineficacia de adjudicación municipal y otros
    • Partes: Cecilia Zamira Nacif Suárez c/ Nolvia María Mansilla Melgar y otro
    • CONSIDERANDO: Que, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
    • Deducida la apelación por la demandante, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito
    • Esta resolución superior dio lugar a los recursos de nulidad y casación interpuestos por los
    • CONSIDERANDO: que, el Auto Constitucional Nº 15 de 6 de noviembre de 2012 (fojas 515
    • Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al Juez o Tribunal de
    • Ahora bien, la jurisdicción es la potestad que tiene el Estado de administrar justicia a
    • El artículo 778 del Código de Procedimiento Civil establece que el proceso contencioso administrativo procederá
    • Por su parte
    • En el sub lite, leída la demanda de fojas 129 a 134 vuelta y 137,
    • Por otra parte y respecto a la idoneidad del proceso contencioso administrativo para conocer este
    • Entonces, al tratarse la litis de un cuestionamiento sobre la adjudicación municipal de un lote
    • De lo expuesto, se concluye que los jueces de grado, no han reparado esencialmente en
    • Por las razones expuestas, estando comprendido el actuar de los Tribunales de instancia dentro el
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Fue de voto disidente la Magistrada Dra. Elisa Sánchez Mamani
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 245/2013

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