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    Auto Supremo AS/0176/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0176/2013-RRC

    Fecha: 24-Jun-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de abril de 2013, que cursa de fs
    • Del memorial de recurso de casación de Junior Andrés Castellón Gonzáles de fs
    • El recurrente manifiesta que, el Tribunal de apelación incurrió en revalorización ilegal de la prueba
    • El recurrente solicita la admisión del recurso, se revoque el Auto de Vista y en
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • una toalla y en su ropa, que presentaba hematomas en la cabeza y curiosamente no
    • II
    • Por memoriales de fs
    • Con estos argumentos, solicitó que el Tribunal de apelación anule al fallo de primera instancia
    • II.3. De la apelación restringida del Ministerio Público
    • El Ministerio Público, también interpuso recurso de apelación
    • Por lo que finalmente solicitó se anule la
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • Previa radicada de la causa, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Con esos argumentos, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,
    • Notificadas las partes con tal determinación, los imputados Leonardo Montenegro Flores y Junior Andrés Castellón
    • Este Tribunal, admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar la posible
    • III.1. Contenido de la denuncia y precedente invocado
    • El recurrente sostiene, esencialmente, que el Tribunal de apelación incurrió en una revalorización ilegal de
    • III
    • En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el
    • Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
    • Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba, es decir, incorrecta
    • Estos criterios han sido asumidos de manera uniforme y reiterada por este Tribunal, al señalar
    • El Auto Supremo 504/2007 de 11 de octubre, al distinguir la labor de los Tribunales
    • Por su parte el Auto Supremo 277/2008 de 13 de agosto, entre otros, precisó que:
    • Incluso en el Auto Supremo 014/2013-RRC de 6 de febrero, se precisó que: “La actuación
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Como argumento medular del recurso de casación sujeto al presente análisis de fondo, el recurrente
    • El resumen anterior, demuestra que el Tribunal de alzada evidentemente incurrió en revalorización de prueba
    • Por todos los argumentos expuestos se concluye que el Tribunal de alzada, al emitir el
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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