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    Auto Supremo AS/0289/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0289/2013

    Fecha: 24-Jun-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz,
    • Deducida la apelación por la demandada Miriam Zenteno Flores, conforme consta de fojas 262 a
    • Por lo que la demandada, una vez corrida la diligencia de notificación con la Resolución
    • Finalmente, manifiesta que el Auto de Vista es una resolución ultra petita, pues va más
    • CONSIDERANDO: que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo,
    • Si bien la norma autoriza la posibilidad de interponer el recurso de casación en la
    • En mérito a las características que hacen a uno y otro recurso, la resolución de
    • En la especie, los recurrentes no han cumplido con las obligaciones procesales anteriormente descritas
    • Es más, los recurrentes no han considerado que, el Auto de Vista al ser anulatorio,
    • En el entendido que el Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es también
    • POR TANTO: la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bolivianos 1000, que mandará hacer efectivo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro Tomas de Razón 289/2013

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