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    Auto Supremo AS/0191/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0191/2013-RRC

    Fecha: 22-Jul-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 29 de abril de 2013 (fs
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio, se extrae
    • Mediante Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio, este Tribunal declaró admisible el recurso de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Dicha Resolución contiene la siguiente fundamentación: i) En el transcurso del debate y por la
    • II.2. Apelación restringida y su Resolución
    • Notificadas las partes con tal determinación, tanto el querellante como el imputado interpusieron recurso de
    • Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista de 54/2013 de 18 de marzo,
    • III.1. Del precedente contradictorio invocado
    • De conformidad al Auto Supremo 168/2013-RA, el recurso en análisis fue admitido en observancia de
    • Auto Supremo 28/2012-RA, de 29 de febrero
    • Por otro lado, el recurrente señala como motivos del recurso: 1) Errónea apreciación de la
    • Sin embargo; este Tribunal no puede rehusar pronunciarse sobre el numeral cuatro, referente a la
    • En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con
    • Ahora bien, en cuanto a la facultad de control respecto a la valoración de la
    • IV. 2. Celeridad procesal constitucionalmente reconocida
    • IV.3. Determinación de la pena
    • En cuanto a la determinación de la pena, este Tribunal estableció en el Auto Supremo
    • La fundamentación de la fijación de la pena es inexcusable, en este ámbito la exigencia
    • Incluso previa referencia al principio de proporcionalidad recogido por el Código Penal y a la
    • Además en el Auto Supremo 110/2013-RRC de 22 de abril, se señaló: “…Previo al análisis
    • La doctrina internacional con autores como Eugenio Raúl Zafaroni en su obra Manual de Derecho
    • Ahora bien, en lo que respecta a la primera etapa de individualización de la pena
    • IV.4. Análisis del caso
    • Corresponde ahora, resolver el recurso de casación interpuesto por el querellante Alex Estefan Aramayo Raña,
    • Extractado el agravio expuesto por el recurrente, cabe señalar que el Tribunal de apelación, da
    • Con relación a la denuncia de vulneración del art
    • Al margen de lo expresado, corresponde señalar a los efectos del pronunciamiento de una nueva
    • Ahora bien, teniendo en cuenta la conclusión asumida por este Tribunal con relación a la
    • Con dichos antecedentes, este Tribunal, efectuando una compulsa de los antecedentes anotados, advierte que el
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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