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    Auto Supremo AS/0313/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0313/2013

    Fecha: 31-Jul-2013

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    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
    • La condena deberá concluir el 10 de junio de 2016, siempre y cuando no gozare
    • El computo de la pena, se declara como parte cumplida el tiempo que la imputada
    • Asimismo, se ordenó la confiscación definitiva de los celulares marca Siemens modelo A-52, serie 35222300-5976156
    • Que, ante esta Sentencia, María Lourdes Pavón Cabrera (fs
    • Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establecen como motivos de los
    • II
    • III
    • IV
    • Recurso de Casación interpuesto por la Dra
    • I
    • IV.- Invocó como precedentes contradictorios
    • Del Precedente Contradictorio Invocado
    • Sentencia Constitucional Nº 1075/2003-R de 24 de julio
    • Auto Supremo Nº 141 de 10 de marzo de 2004
    • De la solicitud
    • Se determine si existe o no contradicción en los términos previstos en el art
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • Que, de conformidad al Auto Supremo Nº 278 de 22 de julio de 2013, se
    • Al respecto se tiene que los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte
    • Asimismo, el representante del Ministerio Público señaló que el Auto de Vista emitió una resolución
    • También refirió que el Auto de Vista, no aplicó correctamente el principio de congruencia porque
    • Tal como se observó, se puede advertir que el Auto de Vista objeto de los
    • Con la facultad conferida por el art
    • De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, en cuanto a la calificación
    • Cuando la acusación fiscal y la acusación particular sean contradictorias e irreconciliables, el Tribunal precisará
    • En ningún caso el Juez o tribunal podrá incluir hechos no contemplados en alguna de
    • El Auto de apertura no será recurrible
    • La Acusación podrá retirarse en cualquier momento del juicio, hasta antes de la deliberación del
    • Respecto del art
    • Tampoco es cierto que no exista fundamentación de la Sentencia o que esta fuera insuficiente
    • En la Sentencia no existió defecto absoluto o vicio procesal alguno, que amerite la reposición
    • En consecuencia, no es cierto que la Sentencia Nº 8/2007 se base en hechos inexistentes
    • Finalmente, el Tribunal de Alzada, por lo descrito precedentemente, incurrió en una apreciación subjetiva de
    • DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • De acuerdo al entendimiento de este máximo Tribunal de Justicia, es una premisa consolidada que
    • Por otro lado, los jueces y tribunales deben considerar que el papel de la "acusación"
    • De lo expuesto, se evidencia que es un fallo dictado sin la observancia de las
    • POR TANTO
    • En aplicación del art
    • Libro Tomas de Razón 313/2013

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